El modelo judicial en RedClaimer. En RedClaimer siempre hemos apostado por hacer la reclamación de deudas más fácil, accesible y eficiente para nuestros clientes. Con la nueva Ley de Eficiencia Procesal y los cambios en la práctica judicial, hemos ajustado nuestro modelo de trabajo en la fase judicial. De esta forma, estamos adaptados a la nueva realidad legal y, sobre todo, a los intereses de quienes confían en nosotros para recuperar su dinero.
¿Qué cambia en nuestro modelo judicial en RedClaimer?
Hasta ahora ofrecíamos un precio cerrado con todo incluido para las demandas judiciales. Era simple, sí, pero hemos detectado que no siempre era lo más justo para el cliente. Muchos acababan pagando por servicios que luego no se utilizaban, como la defensa ante una posible oposición del deudor… que en la mayoría de los casos nunca llegaba.
Pero a partir de ahora dividimos el proceso judicial en dos etapas claras y diferenciadas:
1. Presentación de la demanda de monitorio
Esta fase incluye:
→ Redacción y presentación de la demanda ante el juzgado
→ Abogado y procurador asignado en la presentación y en la ejecución
→ Seguimiento del procedimiento y notificaciones
→ Inclusión de la certificación legal previa (obligatoria con la nueva ley)
→ Coordinación con el cliente y asesoramiento durante todo el proceso
Es importante indicar que en esta fase no se cobra nada relacionado con la posible oposición, porque aún no sabemos si el deudor responderá o no, y esto dependerá en gran medida de la gestión de producción y comercial que haya hecho nuestro cliente.
2. Ejecución de la sentencia
Imagina: si el juzgado dicta resolución favorable y el deudor no paga voluntariamente, iniciamos la ejecución, de forma inmediata:
→ Reclamación forzosa de la deuda mediante embargo de cuentas, bienes o ingresos
→ Gestión completa por parte del equipo jurídico: despreocúpate y cobra
→ Seguimiento en tiempo real por parte del cliente
Esta etapa solo se cobra si hay que iniciarla. Si el deudor paga tras la sentencia o antes (durante el período de pago voluntario), no tienes que asumir ese coste.
Tratamos de favorecer a nuestros mejores clientes
¿Y si hay oposición?
La oposición es un escenario menos frecuente, pero si ocurre, se gestiona como un procedimiento adicional. No lo cobramos por adelantado, porque:
- Muchas demandas no tienen oposición, más del 65%
- No tiene sentido que el cliente pague por algo que probablemente no suceda
- En caso de darse, se valora con total transparencia el coste adicional según el caso concreto
Aquellos clientes que sufran oposición, en más del 90% de los casos, es principalmente por discrepancias en el trabajo realizado a su deudor. No podemos favorecer estos casos.
Ventajas del nuevo modelo
Pagas solo por lo que realmente necesitas
Mayor transparencia y control de tu inversión legal, y con ello, en el ROI de tu inversión
Puedes recuperar tu deuda en fases, sin asumir todos los costes de golpe, entendemos que pagar una cuantía importante es en muchos casos una traba
Total alineación con la nueva normativa judicial
En resumen
Este cambio no solo se ajusta a las exigencias de la nueva Ley de Eficiencia Procesal, sino que refleja nuestra filosofía: proteger los intereses de nuestros clientes (los fiables y profesionales) y facilitarles el camino para recuperar lo que es suyo.
Porque entendemos que cada euro cuenta, y no vamos a pedirte que pagues por lo que no es necesario.
¿Tienes dudas sobre cómo afectaría este nuevo modelo a tu caso?
¿Quieres valorar la viabilidad de una reclamación judicial?
Escríbenos. Te ayudamos a tomar la mejor decisión, con la máxima claridad.