La morosidad es un lastre para las empresas y para cualquier persona. Pero ¿Cuál es el plazo de pago de facturas que fija la ley?, ¿qué pasa si no se cumple? A lo largo de este artículo vamos a ir resolviendo estas dudas.
El pago y cobro de facturas impagadas puede llegar a ser un quebradero de cabeza bastante importante, por eso tener una herramienta de reclamación de facturas como Redclaimer es muy útil para ahorrar tiempo y dinero.
El problema proviene de lo que la Ley 3/2004, de 29 de diciembre define como el incumplimiento de los plazos contractuales o legales de pago. ¿Cuáles son los plazos de pago de facturas por parte de una persona, de una empresa o de la Administración Pública?
Plazos de pago de facturas a proveedores
Según el artículo 4 de la Ley de Morosidad es de 30 días naturales después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios con independencia de la fecha que marque la factura recibida con anterioridad. Esto es lo que marca como plazo de pago a un proveedor en caso de que no haya fijado fecha de pago en el contrato.
En el supuesto de que las partes implicadas hayan negociado un día concreto de pago, el plazo nunca ha de superar los 60 días naturales tras la recepción de la factura.
En caso de que no se trate de una única factura sino que sean varias en una misma, bajo lo que se conoce como factura recapitulativa, el plazo de pago que no debe superar los 60 días se inicia a mitad del periodo de la factura.
Los contratos establecidos por parte de un profesional o una empresa con la Administración también están sujetos al plazo límite de pago de 30 días.
Qué ocurre en caso de superar el plazo legal de pago de facturas
Si el cliente no paga el importe de la factura en el tiempo establecido, la ley determina que el proveedor exija al responsable del retraso el pago de una indemnización. El art. 8 de la Ley 3/2004 dispone que cuando el deudor incurra en mora (es decir, supere el plazo máximo de pago previsto) el acreedor tiene derecho a cobrar del deudor una cantidad fija de 40 €, que se añadirá en todo caso y sin necesidad de petición expresa a la deuda principal. Además, el acreedor tiene derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados que haya sufrido a causa de la mora.
Pero eso no es todo. A la correspondiente indemnización se le suman los intereses de demora determinados en el propio contrato. En caso de que estos no figuren expresamente, los intereses de demora corresponderán a la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su última operación principal de financiación efectuada antes del primer día del semestre natural de que se trate más ocho puntos porcentuales.
Incumplimiento sistemático de los plazos de pago de facturas
La morosidad puede suponer un lastre muy importante para las empresas, y generar importantes tensiones de caja. El impago de facturas supone la pérdida de ingresos y solvencia, dificultando así el cumplimiento de sus obligaciones con la Administración, con los proveedores o los trabajadores.
Esta situación ha sido especialmente grave durante la pandemia, ya que muchas empresas han visto limitaciones en sus ingresos por las restricciones sanitarias. A esto se ha unido las tensiones a nivel mundial en el precio de las materias primas y la enorme tasa de inflación.
¿Quién tarda más en pagar facturas?
El sector privado es el que más se excede en el incumplimientos de los plazos marcados por la Ley de Morosidad. Según diversos estudios, las empresas privadas tardan una media de 89 días en el pago de facturas, 29 días por encima de los 60 que marca la Ley.
El sector público, mejora estos plazos pero también se aleja mucho del plazo legal de 30 días. Las Administraciones Públicas tardan una media de 68 días en afrontar sus pagos. La administración central es la que más se ajusta al plazo de pago, 33 días, seguida de la autonómica con 40 días. Los ayuntamientos, por su parte, son los más rezagados, tardando una media de 78 días en el pago de facturas.